Registros vehiculares en el país, se tramitan a través del Instituto Nacional de Tránsito Terrestre (Intt), para lo que es necesario consignar una serie de requisitos, en los que figura el documento de compra-venta.

La gestión del registro la realiza el propietario o su apoderado legal al momento de adquirir el vehículo o cuando este se transfiere a un nuevo dueño. Este documento se expide sin mayores contratiempos, siempre que se cuente con todos los recaudos, pero ¿qué sucede cuando se compró un carro o una moto, pero no se reúnen todos los requerimientos para registrarlo?

El titular está fuera del país

Uno de los principales problemas para registrar un vehículo ocurre cuando el titular del documento se encuentra fuera del país.

En ese caso, es menester efectuar el trámite con el apoyo de un apoderado (puede ser un familiar o gestor) que posea un poder especial notariado y debidamente legalizado en el país, que lo faculta para realizar el registro.

Una vez obtenido el poder, se debe acceder al portal web del Intt, descargar la planilla única de trámite y consultar los recaudos. Por último, debe dirigirse a la oficina más cercana y entregar copia de la cédula, el certificado de origen y la factura de compra del vehículo (originales o copias certificadas), así como el poder notarial y el comprobante de pago.

 

Revisión de vehículos ante el servicio de Tránsito de la PNB

Todo trámite ente el Instituto de Tránsito Terrestre debe estar acompañado de la respectiva revisión técnica, documento que emite el servicio de tránsito del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana. Para esto, el interesado deberá presentar certificado de registro del vehículo, copia de cédula de identidad de quien figura en el certificado de registro, póliza de seguro de responsabilidad civil y pagar los gravámenes del tramite.

Es importante señalar, que este trámite es de vital importancia, ya que el vehículo será sometido a una rigurosa experticia de seriales de identiciación y de este manera certificar su originalidad. Además, se consulta la condición legal del vehículo, es decir, que no presente ninguna solicitud ante dependencias policiales o que esté vinculado a algún hecho delictivo. 

Finalmente, los expertos de vehículos del CPNB constatan que la traza de registro del vehículo no presente ninguna irregularidad.

En caso de muerte del propietario

También puede darse la muerte del propietario que aparece en el registro. En esta situación los herederos deben iniciar un trámite de sucesión ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) y un tribunal, a través de los cuales se declara el vehículo como parte de la herencia.

Los nuevos propietarios deben realizar el registro ante el instituto de tránsito, presentando la planilla única de trámite, la cédula de identidad de los herederos y el documento de traspaso autenticado. Una vez completado este trámite, sí pueden vender la propiedad a un tercero.

El Intt explica que toda venta de propiedades debe realizarse ante una notaría nacional (Saren), para que pueda tener un soporte legal.

Corrección de datos

Otro de los casos por los que se necesita solicitar un nuevo certificado es cuando se requiere la revisión de algún dato por error u omisión. De acuerdo con el Intt, están permitidos los cambios de color y de motor que aplican a todo tipo de vehículos.

Para los transportes públicos, se puede modificar la cantidad de puestos, el color y el motor. Para los vehículos de carga (estaca, furgón, plataforma, grúas de tipo pluma, plataforma o nodrizas), está autorizado el color, motor, estructura y función.

De igual manera, la gestión de este documento requiere la planilla única de trámite, presentar cédula de identidad laminada (vigente), certificado de registro de vehículo (original) y copia de la Póliza de Responsabilidad Civil.

Si el trámite lo hace un apoderado, debe llevar un poder debidamente notariado. Si se trata de personas naturales con correcciones en datos de identi­ficación, necesitan una constancia emitida por el Saime.

En casopersonas jurídicas y requieren correcciones en datos de identificación, deben presentar el Registro de Información Fiscal (RIF) actualizado y el debido comprobante de pago.

Nuevo certificado de Registro por hurto

Cuando el usuario no conserva su documento original por robo, hurto, pérdida o deterioro, este podrá tramitar, pagar y obtener en línea un duplicado del documento original. Para eso, debe ingresar a la web intt.gob.ve y descargar la planilla única de trámite.

Si al momento de realizar la gestión, la información de su vehículo no se encuentra actualizada ante el Intt, el sistema le informará que debe acudir a la oficina regional más cercana a su procedencia para efectuar la actualización.

Antes de iniciar el proceso de solicitud, debe tener a la mano los siguientes documentos: imagen digitalizada por ambos lados de la constancia de revisión (experticia vehicular), con vigencia no mayor a seis meses, en formato JPG. Esta debe tener un peso mínimo 4 kb y máximo 2 MB y medidas de 640 por 480 px. También necesita una póliza de RCV vigente (no mayor a un año).

Una vez cargadas, las imágenes pasan por un proceso de verificación en el sistema, de ser aprobadas, el usuario recibirá el certificado de registro de vehículo en 24 horas. De lo contrario, se le enviará un correo con el motivo por el cual fueron rechazadas sus imágenes. El usuario cuenta con tres intentos para adjuntar la fotografía.

Otros casos

Existen personas que poseen carros o motos que compraron a un tercero, pero que por algún motivo no cuentan con todos los requisitos para solicitar el certificado de registro de vehículo.

Por ejemplo, está el caso de ciudadanos que compraron un vehículo a una persona que también lo adquirió legalmente, pero que no efectuó el traspaso cuando le correspondía. De acuerdo con la información suministrada por el Intt, para poder expedir el certificado, el segundo dueño debe regularizar su situación ante el ente, es decir, tramitar el título primero y después vender.

Si por alguna razón el primer dueño del vehículo no aparece, bien sea porque está fuera del país y no puede ser localizado o porque ya murió y no hay herederos, el dueño actual del vehículo debe esperar un operativo especial del ente para solventar esta situación.

Esta jornada cuenta con la presencia de la Policía Nacional Bolivariana, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Defensa Pública y el Servicio Autónomo de Registros y Notarías. Mientras tanto, el nuevo propietario puede circular libremente, presentando su carnet de circulación y los documentos del vehículo.

Requisitos de los trámites

Vehículos nuevos. Para tramitar el registro de vehículo en el caso de adquirir un carro o una moto nueva, se debe llevar la planilla de solicitud descargada de la página web intt.gob.ve, certificado de origen, factura de compra, copia de la cédula y del seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos (RCV) y el pago del arancel que aparece en la planilla.

Traspasos de Vehículos

Para tramitar el registro, en el caso de los vehículos usados, se debe llevar la planilla de solicitud, la revisión de la Policía Nacional Bolivariana original y vigente, el título de propiedad original, el documento de compra-venta o documento traslativo de propiedad debidamente autenticado, original y originales y copias de la cédula y de la RCV. También debe tener el certi­ficado de registro de vehículo (original), constancia de experticia de veri­ficación legal (original), el comprobante de pago. En caso de registro de gravamen sobre vehículo hay que realizar pago por liberación de reserva de dominio. Si se trata de un apoderado, debe presentar un documento notariado.

Vehículos rezagados

Aquí se incluyen vehículos particulares y de carga menor o igual a 1986, así como transporte público y moto, menor o igual a 1998. Para este trámite se requiere la planilla única, cédula, certi­ficación de datos emitida por la oficina regional de origen en formato M3, placas identi­ficadoras del vehículo (físicas), constancia de experticia, factura de compra del vehículo, poder (si es un apoderado) y el pago.

Mayor comodidad para el usuario

El QR presente en los trámites mencionados, solamente pueden ser escaneados con la aplicación del INTT para teléfonos móviles con sistema operativo Android, la cual está disponible para su libre descarga en el portal web oficial WWW.INTT.GOB.VE.

Al descargar la aplicación, el usuario debe proceder a escaner el código que se encuentra en su documentación vehicular y verificar su información según el trámite. Además, cada documento cuenta con otros elementos de seguridad que se detallan a continuación:

1.- Número Único de Trámite: el cual puede ser verificado a través del módulo de CONSULTAS PÚBLICAS, presente en el portal WWW.INTT.GOB.VE.

2.- Nº Correlativo:generado por el Sistema INTT, el cual es único e irrepetible.

3.-Firma Electrónica del Presidente del INTT: debidamente certificada por el Proveedor de Servicios de Certificación PROCERT.

4.- Sello digital de la Presidencia del INTT.

5.- Firma vectorizada del Presidente del INTT.

6.- Código QR al ser escaneado con la aplicación del INTT presenta: Nº único de trámite

 

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