Por Miguel Angel Morales
Se convirtió en una utopía la forma de visibilizar a los jubilados y pensionados durante la administración del Comandante Hugo Chavez. Época en la que se incorporó una gran cantidad de venezolanos al sistema de seguridad social que nunca fueron tomados en cuenta. Amas de casa, a quienes nunca cotizaron, a todos por igual.
Pero, a la fecha quienes perciben este beneficio como medio de sustento mueren de mengua ante la imposibilidad de satisfacer sus necesidades básicas, alimentos y medicinas.
La situación se agravó ante la llegada de la pandemia, y este sector de la tercera edad se convirtió en la mas vulnerable, pues el padecimiento de enfermedades hace mas dificil controlar la enfermedad.
Los jubilados han sido victimas de largas colas a las puertas de las entidades bancarias para acceder a sus pensiones. Ruegan por un ingreso justo que les permita vivir con dignidad, tal como lo establece la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela, que no esta demas citar.
“El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, está obligado a respetar su dignidad humana, su autonomía y les garantizará atención integral y los beneficios de la seguridad social que eleven y aseguren su calidad de vida”.
Asimismo, establece que las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguros no podrán ser inferiores al salario mínimo y, que a los ancianos y ancianas, “se les garantizará el derecho a un trabajo acorde con aquellos y aquellas que manifiesten su deseo y estén en capacidad para ello“
Artículo 83. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.
Artículo 86. Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. (…)
Ahora bien, no se puede ignorar el esfuerzo del gobierno nacional para mejorar la calidad de vida de los jubilados y pensionados, y sobraran quienes pretendan defender las acciones del estado mencionando la incorporación constante de ciudadanos a la seguridad social y los aportes que perciben a través del carnet de la patria. Pero pregunto Será que alguno de estos personeros de la política venezolana pueden vivir con los ingresos de un jubilado? La respuesta segura será que no.
Entonces, urge una acción eficiente para dignificar la vida de los venezolanos que viven de la seguridad social, total todos los que tengamos la dicha de llegar a esa edad, viviremos las penurias de ser un jubilado, si no se tomas medidas hoy.
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