​El Escritorio Jurídico Molina y Asociados, en ejercicio pleno de su deber cívico y en estricta observancia de los principios fundamentales del Derecho Internacional Público y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, comunica a la opinión pública regional, nacional e internacional ( atreves de Redes Sociales ), su más enérgico y categórico rechazo a cualquier acto de injerencia, intrusión o violación de la soberanía en el espacio aéreo venezolano por parte del Gobierno de los Estados Unidos de América o cualquier actor externo.

​Nuestra postura se fundamenta irreductiblemente en la legislación universal de los derechos y soberanía de los pueblos, a saber que el Principio de Soberanía e Integridad Territorial es el principio medular del ordenamiento jurídico internacional.

La Convención sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago de 1944), de la cual Venezuela y EE. UU. son parte, establece en su Artículo 1 que: «Los Estados Contratantes reconocen que todo Estado tiene soberanía completa y exclusiva sobre el espacio aéreo situado sobre su territorio.» La violación de este espacio aéreo constituye una transgresión directa a la integridad territorial y a la paz.

Así mismo el ​Principio de No Injerencia, El Artículo 2.numeral 7 de la Carta de las Naciones Unidas prohíbe explícitamente a la Organización y, por extensión, a sus Estados Miembros, inmiscuirse en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados. La injerencia militar o de vigilancia es una clara violación de este principio fundamental.

Los actos de injerencia violan el derecho inalienable de todo pueblo a determinar libremente su sistema político, social, económico y cultural sin coacción externa, tal como lo reconoce la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas (Declaración relativa a los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados).

​Las acciones denunciadas contravienen de manera frontal los cimientos de nuestro ordenamiento jurídico interno:
el artículo 1 de la CRBV: Proclama la independencia, soberanía y autodeterminación de la Nación. (…) Cualquier acto de intromisión aérea atenta contra la forma republicana y federal del Estado.

​De igual manera el Artículo 13 de la CRBV: Establece que el territorio y demás espacios geográficos de la República, incluyendo su espacio aéreo, no podrán ser jamás cedidos, ni arrendados, ni en forma alguna enajenados, ni aun temporal o parcialmente. El Estado tiene el deber irrenunciable de defender la integridad de su espacio geográfico.

Y el Artículo 193 de la CRBV: Otorga a los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República una jerarquía constitucional, reiterando la obligatoriedad de cumplir con los principios de la Carta de la ONU y el Derecho Internacional, incluyendo el respeto a la soberanía de las demás naciones.

La incursión no autorizada en el espacio aéreo de un Estado es legalmente equiparable a una violación de su territorio. El empleo de aeronaves de vigilancia o militares sin consentimiento previo constituye un acto ilícito internacional que compromete la responsabilidad internacional del Estado infractor.

​Por lo tanto, el Escritorio Jurídico Molina y Asociados:

​RECHAZA la supuesta injerencia del gobierno estadounidense en el espacio aéreo venezolano, exigiendo el cese inmediato de cualquier actividad que ponga en peligro la seguridad aeronáutica y la estabilidad regional.

​DENUNCIAMOS que tales acciones buscan menoscabar la soberanía aeroespacial de la República Bolivariana de Venezuela, contraviniendo el Ius Cogens (Derecho Imperativo) internacional.

​EXHORTAMOS al Gobierno de los Estados Unidos de América a honrar sus obligaciones internacionales y a resolver cualquier controversia dentro de los marcos diplomáticos y de respeto mutuo, tal como lo establece el Derecho Internacional de los Pueblos.

​En consecuencia, solicitamos a las instancias multilaterales competentes (OACI y ONU) tomar conocimiento y las medidas correspondientes para asegurar el respeto irrestricto a la soberanía aérea de la República Bolivariana de Venezuela.
​Dado en Portuguesa hoy 01 de Diciembre de 2025.

Abg.Melvis Molina
04120545544
Por la defensa del Derecho y la Soberanía de los Pueblos.

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