Los 10 jugadores sancionados deberán cancelar multas de entre 300 y 500 dólares y, además, se perderán varios partidos de la Liga Venezolana de Beisbol Profesional

La Liga Venezolana de Beisbol Profesional (Lvbp) anunció este jueves que 10 peloteros fueron sancionados, por su participación en la trifulca del pasado 19 de noviembre, durante el juego entre Tiburones de La Guaira y Caribes de Anzoátegui, que se llevó a cabo en el Estadio Alfonso “Chico” Carrasquel de Puerto La Cruz. 

Dos de los sancionados son los jugadores que comenzaron la pelea: Asdrúbal Cabrera y Carlos Castro, mencionados en la nota de prensa de la Lvbp. El primero permanecerá suspendido durante 35 juegos y tendrá que pagar una multa de 500 dólares o su equivalente en bolívares al cambio oficial del Banco Central de Venezuela. El segundo, faltará a 8 encuentros y cancelará una multa de 400 dólares.

El lanzador Edubray Ramos (La Guaira) fue suspendido por cuarenta (40) juegos, luego de transgredir las disposiciones contenidas en el artículo 21, numerales 2° y 6°, por lo que aplicó el numeral 18°, del Código de Ética y Disciplina de la LVBP, en tanto que fue multado por quinientos dólares ($500) o su equivalente en bolívares al cambio oficial proporcionado por el Banco Central de Venezuela, por la falta prevista en el artículo 20, ordinal 6° y aplicación del artículo 22.

El alto mando de la LVBP también informó sobre la suspensiones del dominicano Carlos Castro (La Guaira), por ocho (8) encuentros y una multa de cuatrocientos dólares ($400); Wilfred Astudillo (Anzoátegui) por seis (6) cotejos y multa de cuatrocientos dólares ($400); Franklin Barreto (La Guaira) por cuatro (4) desafíos y una multa de trescientos dólares ($300); el colombiano Jasier Herrera (La Guaira) por cuatro (4) partidos y una multa de trescientos dólares ($300); Carlos Sánchez (La Guaira) por dos encuentros y una multa de trescientos dólares ($300); Williams Ramírez (La Guaira) por dos compromisos y una multa de trescientos dólares ($300); José Torres (Anzoátegui) por cuatro (4) juegos y multa de trescientos dólares ($300); y Jean Toledo (Anzoátegui) por dos (2) juegos y multa de cuatrocientos dólares. Estas sanciones se sustentaron en las disposiciones contenidas en el artículo 21 numeral 2° del Código de Ética y Disciplina de la LVBP, así como en lo previsto en el artículo 20, ordinal 6° y aplicación del artículo 22.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 40 del Capítulo V del Código de Ética y Disciplina de la LVBP, los jugadores pueden “interponer el recurso de apelación, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del fallo”, como consecuencia del procedimiento disciplinario

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