La Sala de Casación Penal notificó al vecino país el lapso legal para sustentar la solicitud judicial contra la pareja detenida en la Quebrada de la Virgen de Guanare
(Miguel Enrique Villavicencio).- La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casa, con ponencia de la Magistrada Grisell de los Ángeles López de Zacarías, en expediente № AA30-P-2026-0467, mediante decisión de fecha 11/06/26, acordó notificar a la República de Colombia, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de noventa (90) días continuos que tiene, desde el día siguiente de su notificación efectiva, para presentar la solicitud formal y la documentación judicial que la sustente, en el proceso de extradición seguido a los ciudadanos Edinson José Torres Sarmiento y María Fernanda Delgado Hernández, ambos señalados por la muerte de Yulixa Consuelo Tolosa.
Yulixa Tolosa falleció este pasado 13 de mayo tras practicarse una lipólisis láser en un centro clínico clandestino en Bogotá, Colombia.
También plasma que, en atención al artículo 9, del Acuerdo de Extradición suscrito entre las Repúblicas de Venezuela, Ecuador, Perú, Bolivia y Colombia, firmado en Caracas, el 18 de julio de 1911, específica que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará la libertad de los mencionados ciudadanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 388, del Código Orgánico Procesal Penal.
Vale mencionar que por este célebre caso además de Edinson José Torres Sarmiento y María Fernanda Delgado Hernández, también se encuentra detenido Eduardo David Ramos.
Edinson José Torres Sarmiento y su pareja María Fernanda Delgado Hernández fueron aprehendidos por una comisión del Servicio de Investigación Penal del Cuerpo de la Policía del estado Portuguesa el pasado 18 de mayo en la Quebrada de la Virgen de Guanare, mientras que el médico Eduardo David Ramos fue capturado por una comisión de Interpol en el estado Aragua.
La pareja se encuentra solicitada por la justicia colombiana por la presunta comisión de los delitos de desaparición forzada, omisión de socorro, secuestro simple, encubrimiento por favorecimiento, ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio.

